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Los padres que no recibieron el complemento a su pensión tienen derecho a ser indemnizados Thursday, 14 September 2023

Los padres que no recibieron el complemento a su pensión tienen derecho a ser indemnizados

La justicia europea considera que no solo se les debe abonar de forma retroactiva el plus a su prestación por haber tenido hijos que se aplica desde 2016, sino también a ser compensados


Nuevo tirón de orejas de Europa a España por las pensiones. Y, una vez más, por el mal diseñado complemento de maternidad, que desde el año 2016 otorgaba a las madres que se jubilaran o accedieran a una prestación de viudedad o incapacidad permanente un plus a su pensión si habían tenido dos hijos o más. Todo para contribuir a reducir la brecha de género con el argumento de que sus carreras laborales se habían visto perjudicadas a consecuencia de haberse dedicado a los cuidados de los hijos.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ya en 2019 denunció que este complemento era discriminatorio para los padres, que no podían acceder a él, da un paso más allá e insta a España a indemnizar a los varones que sí hubieran tenido derecho a cobrar este complemento por tener dos o más hijos pero que han tenido que acudir a los tribunales para conseguir que la Seguridad Social se lo pague.

«Una práctica administrativa consistente en denegar sistemáticamente la concesión de este complemento a los padres e ignorar de este modo las consecuencias que deben extraerse de la sentencia dictada en 2019, en la que el Tribunal de Justicia declaró que la concesión reservada únicamente a las madres es discriminatoria, somete a los padres a una doble discriminación», explica la sentencia publicada este martes.

La justicia europea se pronuncia así a raíz del litigio de un padre de dos hijos que solicitó a la Seguridad Social española en noviembre de 2020 que le reconociera su derecho al complemento de la prestación de incapacidad permanente absoluta que percibía desde noviembre de 2018. Ante la denegación de su solicitud, acudió a los tribunales. Mediante una primera sentencia se le reconoció su derecho al complemento de pensión litigioso, pero se desestimó la pretensión indemnizatoria que había presentado paralelamente. Tanto el padre como las autoridades españolas han recurrido dicha sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que elevó este caso a Europa para que lo resolviera.

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